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Representación fiscal en la UE

Representación Fiscal UE para empresas extranjeras

Facilitamos tu actividad comercial en los mercados europeos.

149 USD al año

El NIF-IVA intracomunitario es opcional y se presupuesta aparte.

Solicitar representación
Carpeta con documentos junto a una tableta que muestra una lista de casillas marcadas, sobre un fondo azul.

Las empresas establecidas fuera de la Unión Europea que desean vender productos o desarrollar determinadas operaciones comerciales en territorio europeo pueden estar sujetas a obligaciones fiscales específicas.

Dependiendo del país, del tipo de actividad y de las circunstancias de la empresa, puede ser necesario designar un representante fiscal.

Nuestro servicio está orientado a empresas extranjeras que buscan una solución clara y profesional para cubrir las obligaciones de representación que les resulten aplicables.

Avión, buque portacontenedores y camión en un puerto, junto a un mapa de Europa con líneas de conexión.Globo terráqueo junto a un portátil y cajas con el símbolo de un carrito de compra, ante las estrellas de la bandera europea.Portátil con un formulario de casillas marcadas y un símbolo de validación, junto a una pila de documentos y un mapa de Europa con las estrellas de la bandera europea.

¿A quién va dirigido?

  • Empresas estadounidenses, incluidas LLC.
  • Sociedades establecidas fuera de la Unión Europea.
  • Empresas de comercio electrónico.
  • Importadores y distribuidores internacionales.
  • Empresas que venden productos en mercados europeos.

¿Qué ofrecemos?

  1. Estudio inicial de la necesidad de representación fiscal.

  2. Evaluación de la documentación de la empresa.

  3. Formalización del nombramiento, cuando proceda.

  4. Servicio anual de representación fiscal dentro del alcance contratado.

  5. Información sobre los trámites adicionales necesarios.

La obtención del NIF, los registros tributarios, las declaraciones fiscales y otras gestiones no están incluidos y se presupuestan aparte.

Preparación documental

La documentación correcta es el primer paso.

Para acreditar la existencia de una empresa extranjera y las facultades de sus representantes pueden ser necesarios certificados registrales, documentos societarios, poderes de representación, apostillas y traducciones oficiales.

Te orientamos sobre la documentación requerida para preparar un expediente adecuado a la administración tributaria correspondiente.

La preparación y tramitación de estos documentos constituye un servicio independiente de la tarifa anual de representación fiscal.

  • Certificados registrales
  • Documentos societarios
  • Poderes de representación
  • Apostillas
  • Traducciones oficiales

Preguntas frecuentes

NIF-IVA intracomunitario

¿Qué es el NIF-IVA intracomunitario?

Es el número de identificación a efectos de IVA que permite a una empresa realizar operaciones con empresas de otros países de la Unión Europea. Se forma con el código del país delante del número fiscal (por ejemplo, ES + NIF) y también se conoce como VAT number.

¿Qué es VIES?

Es el sistema europeo que permite comprobar si un NIF-IVA está activo. Si tu número no aparece en VIES, tus clientes y proveedores europeos no pueden aplicar la exención de IVA en las operaciones intracomunitarias contigo.

¿Para qué necesita una empresa extranjera un NIF-IVA?

Para realizar entregas y adquisiciones intracomunitarias de bienes y determinados servicios entre empresas dentro de la UE. Sin él, esas operaciones no pueden tratarse como intracomunitarias.

¿Qué se necesita antes de solicitarlo?

Un número fiscal de la empresa en el país de registro, la documentación que acredita la existencia de la sociedad, el poder del firmante y operaciones reales que justifiquen el alta. Esta tramitación previa se presupuesta aparte.

¿Hay que traducir y apostillar los documentos?

Normalmente sí. La administración puede exigir traducción oficial de los documentos en idioma extranjero, y los documentos públicos extranjeros suelen requerir apostilla de La Haya.

¿Cuánto tarda en concederse?

La administración tiene hasta tres meses para resolver el alta en el registro de operadores intracomunitarios. Si no resuelve en ese plazo, la solicitud se entiende denegada.

¿Un solo NIF-IVA sirve para vender en toda la UE?

Permite realizar operaciones intracomunitarias con empresas de cualquier país de la UE. Sin embargo, almacenar mercancía en otro país o vender allí a consumidores finales puede exigir registros adicionales y contabilidad en ese país, que se contratan aparte.

Representante fiscal

¿Qué es un representante fiscal?

Es la persona física o jurídica residente que representa a la empresa extranjera ante la administración tributaria: recibe sus notificaciones, sirve como domicilio fiscal y actúa en su nombre. La presentación de declaraciones no está incluida; puede contratarse aparte.

¿Es obligatorio nombrar representante fiscal en España?

Depende del país de residencia y de la actividad. Las empresas de fuera de la UE y del EEE deben nombrarlo, entre otros casos, cuando operan mediante establecimiento permanente, prestan determinados servicios o actividades en España, son residentes en una jurisdicción no cooperativa con bienes en España, o cuando la Agencia Tributaria lo requiere por la cuantía de sus rentas o por tener un inmueble (art. 10 de la Ley del IRNR). Las empresas residentes en la UE o el EEE no están obligadas.

¿Qué pasa si no se nombra representante cuando es obligatorio?

Es una infracción grave con multa fija de 2.000 €, que sube a 6.000 € si la empresa reside en una jurisdicción no cooperativa. La sanción puede reducirse si se acepta y se paga en plazo.

¿Necesita representante fiscal una empresa no comunitaria para el IVA?

Sí, como regla general. Las empresas no establecidas que deban declarar IVA en España están obligadas a nombrar un representante (art. 164.Uno.7.º de la Ley del IVA), salvo las establecidas en la UE o en países con acuerdos de asistencia mutua equivalentes.

¿Qué plazo hay para comunicar el nombramiento?

Dos meses desde la fecha del nombramiento. La comunicación se acompaña de la aceptación expresa del representante.

¿El representante responde de las deudas de la empresa?

En algunos casos, sí. Cuando la empresa opera mediante establecimiento permanente o es una entidad en atribución de rentas con presencia en España, el representante designado responde solidariamente del pago de sus deudas tributarias.

Casos frecuentes

¿Puede una LLC de Estados Unidos tener NIF-IVA intracomunitario?

Sí, si realiza operaciones intracomunitarias reales. Al ser una empresa de fuera de la UE, además necesitará representante fiscal para cumplir sus obligaciones de IVA.

¿Tengo que llevar contabilidad en Europa?

Depende de las operaciones y de los países en los que se realicen. Las declaraciones y la contabilidad no están incluidas en la representación y se contratan aparte.

Nuestro servicio

¿El representante fiscal cuesta 149 USD al año?

Sí. 149 USD cubren la representación fiscal de tu empresa durante un año. El precio no incluye la documentación de apoderamiento ni los trámites previos ante la administración tributaria (preparación documental, apostillas, traducciones u obtención del NIF), que son opcionales y se presupuestan aparte.

¿Qué no incluye el precio?

Además de la tramitación previa, quedan fuera el alta en el registro de operadores intracomunitarios, la contabilidad, las declaraciones y las obligaciones en otros países. Todo ello se presupuesta aparte y antes de empezar.

Tu representante fiscal para operar en Europa. 149 USD al año.

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